Organigrama

  Organigrama

ü  Despacho del Alcalde:


Es función del Alcalde dirigir el gobierno y la administración municipal y ejercer la representación del municipio, ejecutar, dirigir e inspeccionar los servicios y obras municipales, así como también dictar reglamentos, decretos, resoluciones y demás actos administrativos de la entidad, entre otros.

Cumplir y hacer cumplir la constitución de la República Bolivariana de Venezuela, Constitución del Estado, leyes nacionales, estadales, ordenanzas y demás instrumentos jurídicos municipales.

Suscribir contratos que se celebren la entidad, con previsión de la disposición de los gastos que generen, ordenar sus pagos de conformidad con lo establecido en las leyes y ordenanzas que rigen la materia.

Ejercer la máxima autoridades en materia de administración de personal y, en tal carácter, ingresar, nombrar, remover, discutir, egresar conforme a los procedimientos administrativos establecidos en la ordenanza que rige la materia, con excepción del consejo municipal. Presidir el consejo local de Planificación Publica, conforme al ordenamiento jurídico.

Elaborar y presentar el proyecto de ordenanzas de presupuesto de ingresos y gastos para el ejercicio fiscal saliente.

Designar los operadores judiciales o extrajudiciales que asuman la representación de la entidad para determinados asuntos, previa consulta al Sindico (a) Procurador (a).

Ejercer la autoridad sobre la policía municipal a través del funcionario de alta dirección que designen.

Promover la participación y la educación ciudadana.

Presentar al Consejo Municipal, en el segundo mes siguiente a la finalización de cada ejercicio económico-financiero  de su mandato y a la Contraloría Municipal de la cuenta de la misma.

Presentar dentro del primer trimestre del año de manera organizada y pública a la comunidad respectiva convocada previamente, la rendición de cuenta de gestión pública y administrativa del año económico financiero precedente.
Ejercer las atribuciones relativas a la competencia municipal cuando no estén expresamente asignadas a otro órgano.

Revisar y resolver los recursos jerárquicos y demás actos administrativos dictados por las distintas dependencias del municipio.

 
o   Dirección del Despacho:


Su función es la planificación, organización coordinación y control de las diferentes direcciones y dependencias administrativas, al igual que la canalización de las solicitudes y peticiones de los representantes de las diferentes agrupaciones, asociaciones vecinales y ciudadanía en general.


    o  Coordinación de Archivo:


Tiene como objetivo fundamental el rescate, organización, conservación y salvaguarda de los fondos históricos y administrativos producidos y recibidos por las distintas dependencias del consejo y Alcaldía del Municipio. Actuará igualmente, como organismo centralizador de los fondos documentales históricos, gráficos, sonoros, audiovisuales, automatizados y otros de la jurisdicción del Municipio.



    o   Sindicatura Municipal:

Representar y defender, judicial y extraordinariamente, los intereses del municipio en relación con los bienes y derechos de la entidad, conforme al ordenamiento jurídico sometiéndose a las instrucciones del Alcalde según corresponda, así como asesorar jurídicamente cuando sea abogado, al Alcalde y Consejo, en los asuntos que por naturaleza requieran dictamen legal.

Asesorar jurídicamente al Alcalde y al Consejo Municipal mediante dictamen legal e informe que respondan a sus solicitudes.

Denunciar los hechos ilícitos en que incurran los funcionarios o empleados en el ejercicio de sus funciones y, previa autorización del Alcalde intentar las acciones jurídicas a que allá lugar.

Velar por el buen funcionamiento de los servicios público municipales y presentar informe sobre el déficit y limitaciones prestacionales de estos al Alcalde y Consejo Municipal.

Cumplir con los demás deberes y atribuciones que señalen las leyes y ordenanzas.

   o  Consejo Municipal:


Es el ente legislativo que se encarga de sancionar ordenanzas y dictar acuerdos, establecer su régimen interno y de debates; aprobar el plan y los programas de trabajo de la gestión municipal, sancionar los planes de desarrollo urbanístico y demás que le señalan las leyes.

Iniciar y consultar a las comunidades y organizaciones, discutir y sancionar los proyectos de ordenanzas incluida la relativa a su reglamento interior y de debate, a fin de proveer a la organización de sus funciones para sancionar las reglas de orden aplicables a sus deliberaciones.

Aprobar el plan municipal de desarrollo y los planes y demás instrumentos de ordenación urbanística, según lo dispuesto en la legislación respectiva.
Ejercer la potestad normativa tributaria del municipio.

Este poder legislativo está integrado por siete (7) concejales que son escogidos por el voto popular del pueblo; y entre los cuales se escoge anualmente al que va ejercer el cargo de presidente.

Las demás que le confieren las leyes, ordenanzas y otros instrumentos.


   o   Controlaría Municipal:


Controlar e inspeccionar a los entes públicos, dependencias y organismos administrativos de la entidad, con el fin de verificar la legalidad y veracidad de sus operaciones.

Controlar, vigilar y fiscalizar las operaciones que se realicen por cuenta del tesoro en los bancos auxiliares de la tesorería municipal.
Elaborar el código de cuenta de todas las dependencias sometidas a su control, que administren, custodien o manejen fondos u otros bienes del municipio.

Realizar el examen selectivo o exhaustivo, así como la calificación de las cuentas en la forma oportunidad que determine la Contraloría General de la República.

El control previo y posterior de los ingresos y egresos de la hacienda pública y el control posterior de los organismos descentralizados, empresas y fundaciones del municipio así como también la fiscalización que se considere necesario en lugares, establecimientos, vehículos, libros y documentos de personas naturales y jurídicas que sean contribuyentes o en que cualquier forma negocien o celebren operaciones con el Municipio. Las demás que establezcan las leyes u Ordenanzas Municipales.
  

    o  Dirección de Recaudación y Administración Tributaria:


La DRAT es una dependencia de la Alcaldía del Municipio Tovar del estado Mérida, que nace de la modernización de la hacienda pública municipal para el control y transparencia de las operaciones de recaudación tributaria. A través de un equipo de profesionales calificados y comprometidos con sus labores, la DRAT presta un servicio rápido, oportuno y eficaz para la colectividad. Se crea ordenanza de presupuesto.

La directriz de la Dirección de recaudación y administración tributaria, está enfocada en garantizar la aplicación de la autonomía tributaria del municipio, pues se considera necesario e importante para recaudar impuestos; porque a partir de allí, y enmarcado en el contexto jurídico, el municipio cumple con las satisfacciones de las necesidades públicas, movilizando recursos obtenidos de los diferentes impuestos. En tal sentido, esta mayor recaudación se les devuelve a los ciudadanos en obras que van en beneficios colectivos. De esta manera, ajustándose al principio de equidad y justicia, el buen empleo del gasto público puede alcanzar objetivos hacia los cuales se dirigen las potencias de servicios.

Esta dirección abarca la oficina de Licores, Cementerio, Terminal, Mercado y Matadero.

    o  Dirección de Planificación y Presupuesto:


La dirección de planificación y presupuesto comprenderá la coordinación estudio de la disponibilidad financiera y la ejecución de las disposiciones generales del presupuesto de ingresos y el presupuesto de gastos, así como un anexo sobre los programas coordinados de situado municipal y los demás que se estimen necesarios, de conformidad con lo establecido en la ordenanza de ingresos, gastos e inversión para el ejercicio fiscal correspondiente.

    o  Dirección de Administración:


En el ámbito organización le corresponde a esta administración, la percepción de los ingresos nacionales, la custodia de los fondos pertenecientes al tesoro municipal y además realizar los pagos o desembolsos autorizados de acuerdo a las disposiciones legales respectivas, entre sus fines está el lograr las metas de ingresos y gastos fijadas en la ordenanza de presupuesto. Al igual que custodia, control y manejo de los bienes muebles e inmuebles del municipio.

Esta dirección abarca la oficina de Compras y la oficina de Bienes.

   o  Dirección de Recursos Humanos:


En esta oficina se realizan funciones diversas relacionadas sobre todo con el talento humano de esta institución, tales como: supervisión del cumplimiento de horario y funciones, elaboración de nóminas de pago, tramite de vacaciones, cálculo de prestaciones sociales, elaboración, actualización y archivo de expedientes, autorizaciones para permisos solicitados, cálculo de horas extras y elaboración de contratos de trabajo.

   o  Dirección de Desarrollo Urbano y Servicios Públicos:


Este es uno de los departamentos más importantes de la Alcaldía del Municipio, le corresponden actividades como: construcción e inspección de Obras Publicas y Privadas. Se encarga de la construcción y el mantenimiento de la vialidad urbana y rural, elaboración y ejecución de proyectos para el beneficio del municipio, sirven como mediadores en diversas confrontaciones que surgen en las comunidades sobre todo en lo que respecta de terrenos, linderos de previos y construcciones.


   o  Dirección de Ordenación Territorial, Catastro y Ambiente:

Esta oficina tiene como objetivo la formación, regulación, conservación y organización física, jurídica y económica integrando los componentes, mediante un inventario de la riqueza inmobiliaria de la localidad, así como suministrar la información necesaria para el ordenamiento del territorio.

   o  Entes Descentralizados:

Son entidades municipales con personalidad jurídica propias cuyas funciones pueden ser, culturales, sociales o benéficas y otras actividades que serán determinadas en la ley que la establezca.

Entre las principales se encuentran las siguientes:

-INDESPARC: Instituto de desarrollo social y participación ciudadana.

-IMDERET: Instituto municipal de deporte y la recreación del municipio Tovar.

-INMUVI: Instituto municipal de la vivienda.

-IMPPDERAT: Instituto microfinanciero del poder popular para el desarrollo rural del ambiente y del turismo del municipio Tovar.

-FUDECUT: Fundación para el desarrollo cultural del municipio Tovar.


   o  Registros Civiles:

La alcaldía del municipio Tovar consta de tres (3) registros civiles.

-Registro Civil parroquias Tovar El Amparo.

-Registro Civil parroquias el Llano y San Francisco
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-Registro Civil Hospital San José de Tovar.

La creación de registro civil de las parroquias del municipio Tovar surge en obediencia a la sentencia emanada del tribunal supremo de justicia signada con el Nº 2651, de fecha 02 de octubre del año 2003, en la cual a través de la sala constitucional se decide que la competencia en materia de Registro Civil debe ser ejercida por los alcaldes, quienes en lo sucesivo actuaran de la manera como lo hacían los prefectos y jefes civiles.

   o  Instituto Autónomo Municipal Feria de Tovar (IAMFET):


El Instituto Autónomo Municipal Feria de Tovar en Honor a la Virgen de Regla, tiene por objeto, organizar planificar, dirigir, coordinar, ejecutar, capacitar, impulsar, fomentar, recaudar, administrar, supervisar, controlar, promover, todas las actividades, religiosas, taurinas, deportivas, recreacionales, culturales, artesanales, turísticas, eventos populares y sociales, con énfasis a las rutas Turísticas y Culturales Endógenas, que a bien se establezcan en el plan de Desarrollo Municipal, en coordinación con los Institutos Autónomos que tienen competencia en la materia respectiva en el marco ferial.

   o  Fundación del Niño:


Esta fundación tiene como objetivo ejecutar los programas y planes de la Fundación del Niño, en especial la Defensorías del Niño y del Adolescente y el programa “Lactancia Materna en Venezuela”. De esta manera ofrecer atención a niños, niñas y adolescente para contribuir a su desarrollo integral y, en especial brindarles oportunidades para que disfruten y ejerzan progresivamente todos los derechos y deberes contemplados en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y la Ley Orgánica para la Protección de Niño y del Adolescente.

   o  Personas con Discapacidad:

La unidad municipal para las personas con discapacidad, tiene como función proponer estrategias y proyectos, fomentar el interés de la sociedad, la familia y la comunidad organizada sobre la participación y atención integral a las personas con discapacidad. Así como elaborar y mantener actualizado el registro de las personas con discapacidad en condiciones de ingresar al mercado laboral, cuya información es enviada mensualmente al ministerio de su competencia; denunciar ante las autoridades competentes los hechos que atenten contra el respeto a la dignidad de las personas con discapacidad y velar por el cumplimiento de las sanciones impuestas. Todo esto con el fin de coordinar en el municipio actividades y crear un banco de ayudas técnicas para estas personas.

   o  Consejo de Protección del Niño y del Adolescente (CPNNA):

El consejo de protección del niño y del adolescente del Municipio Tovar, fue creado con la finalidad de asegurar la protección en c aso de amenaza o violación de los derechos y garantías de los niños, niñas y adolescente individualmente considerados. Cabe destacar que, es un órgano que está formado por tres consejeros principales, abogados, quienes son autoridad en el ámbito local en dicha materia, cumplen guardias los 365 días del año, noches, fines de semana y días feriados. 

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